Corte de Apelaciones rechaza por unanimidad desafuero de Claudio Orrego en caso ProCultura
En una decisión que refuerza la institucionalidad jurídica chilena, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó de manera unánime, por 24 votos contra 0, la solicitud de desafuero presentada por la Fiscalía Regional de Antofagasta contra el gobernador metropolitano Claudio Orrego en el marco del caso ProCultura.
Los fundamentos de la decisión judicial
El tribunal superior consideró que no existían elementos suficientes para proceder con la formalización del gobernador, quien había sido acusado por la Fiscalía de fraude al fisco en modalidad de administración desleal por la transferencia de $1.686 millones a la Fundación ProCultura para ejecutar el programa de prevención del suicidio "Quédate".
La audiencia se desarrolló ante el pleno del tribunal de alzada capitalino, donde el fiscal Cristian Aguilar argumentó que el desafuero era un requisito procesal indispensable para habilitar la persecución penal bajo el estándar de "indicios suficientes" de delito y participación.
Las acusaciones del Ministerio Público
Según la tesis fiscal, Orrego habría incurrido en fraude al fisco al aprobar en 2022 la transferencia millonaria a una fundación que supuestamente carecía de la experiencia técnica y capacidad financiera necesarias para implementar un proyecto de prevención del suicidio.
La Fiscalía destacó como elemento central que los fondos habrían sido invertidos en fondos mutuos por la fundación en lugar de ser ejecutados en el proyecto comprometido, configurando según su criterio un perjuicio fiscal y una falta de control efectivo por parte de la autoridad regional.
Asimismo, el persecutor planteó la existencia de una relación previa de más de una década entre Orrego y el director ejecutivo de ProCultura, Alberto Larraín, junto con conversaciones previas a la firma del convenio que permitirían inferir un eventual concierto para favorecer a la fundación.
La defensa técnica del gobernador
La defensa del gobernador, encabezada por el abogado Ciro Colombara, solicitó rechazar la petición por estimar que no existían indicios serios de participación dolosa de Orrego en un eventual fraude.
El defensor sostuvo que el convenio se ajustó estrictamente a las facultades legales del Gobierno Regional para efectuar transferencias de capital destinadas a fines de interés público, y que el programa "Quédate" constituyó una iniciativa real para enfrentar la crisis de salud mental postpandemia.
Colombara enfatizó que no existe evidencia de que el gobernador conociera o autorizara el uso posterior de los recursos en instrumentos financieros, señalando que ese eventual desvío correspondería a decisiones propias de la entidad ejecutora.
Medidas adoptadas por el Gobierno Regional
La defensa destacó que, una vez detectadas las irregularidades, el Gobierno Regional adoptó medidas correctivas como el término anticipado del convenio, la exigencia de restitución de fondos y la activación de pólizas de garantía, acciones incompatibles con la hipótesis de un acuerdo previo para defraudar al fisco.
Implicancias institucionales y políticas
La decisión judicial impide, por el momento, la formalización del gobernador y la eventual solicitud de medidas cautelares en su contra, aunque la investigación penal continúa respecto de los demás imputados del caso ProCultura.
El consejero regional metropolitano del Partido Republicano, Ignacio Dulger, planteó que la decisión "no borra los hechos ni las responsabilidades determinadas por la Contraloría por faltas graves a la probidad", confirmando que el proceso de destitución ante el TRICEL continúa su curso.
Desde la Fiscalía, Cristian Aguilar señaló que esperarán la sentencia íntegra para evaluar eventuales acciones ante la Corte Suprema, mientras que la defensa sostuvo que el fallo confirma la inexistencia de antecedentes para imputar responsabilidad penal al gobernador.
Esta resolución judicial refuerza el principio constitucional de presunción de inocencia y la necesidad de contar con antecedentes sólidos para proceder contra autoridades públicas, manteniendo el equilibrio entre la persecución penal efectiva y las garantías procesales fundamentales del Estado de Derecho.