Definición procesal de Ángela Vivanco marca precedente para el sistema judicial chileno
La jornada de este viernes constituye un momento determinante para el ordenamiento jurídico nacional, cuando el magistrado Cristian Sánchez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago resuelva sobre la situación procesal de la exministra de la Corte Suprema Ángela Vivanco, formalizada por presuntos delitos de cohecho y lavado de activos en el marco del conflicto entre Codelco y la empresa CBM.
Estrategia defensiva cuestiona fundamentos de la persecución penal
La defensa técnica, encabezada por el abogado Jorge Valladares, desplegó una estrategia jurídica que trasciende los hechos imputados para cuestionar los fundamentos mismos de la investigación fiscal. Valladares caracterizó el proceso como una "camotera institucional", argumentando que la causa no surge de antecedentes técnicos autónomos del Ministerio Público, sino como respuesta reactiva a presiones mediáticas.
Esta línea argumental reviste particular relevancia constitucional, pues plantea interrogantes sobre los límites de la persecución penal cuando involucra a integrantes del Poder Judicial y la independencia de las decisiones jurisdiccionales.
Cuestionamientos a la tipificación penal y coherencia procesal
Un aspecto central del alegato defensivo se concentró en la crítica a la figura penal escogida por el Ministerio Público. La defensa sostiene que la utilización del delito de cohecho constituye una evasión técnica para evitar abordar directamente una eventual prevaricación judicial, figura que exigiría estándares probatorios más rigurosos.
Valladares planteó una observación de fondo respecto a la coherencia procesal: si las resoluciones cuestionadas fueron adoptadas de manera colegiada, resultaría jurídicamente inconsistente imputar responsabilidad penal exclusivamente a una exministra, sin extender dicha responsabilidad al resto de los integrantes de la sala.
Alegaciones sobre trato procesal diferenciado
La estrategia defensiva incluyó cuestionamientos sobre el presunto trato diferenciado hacia otros involucrados en la causa. Específicamente, se refirió a la situación de Gabriel Silver, quien, según la defensa, mantendría vínculos con los hechos investigados sin enfrentar formalización, lo que debilitaría la credibilidad de la imputación y reforzaría la tesis de una persecución selectiva.
Respuesta fiscal y querellante
El Ministerio Público, representado por la fiscal regional de Los Lagos Carmen Gloria Wittwer, defendió la validez de la cooperación del imputado Eduardo Lagos, explicando que dicha declaración fue solicitada por el propio defensor en el marco de un acuerdo formal de cooperación.
Desde Codelco, el querellante Julián López reforzó la tesis de que existe una secuencia documentada de actuaciones que configurarían infracciones graves a los deberes del cargo, destacando que Vivanco habría intervenido activamente en la tramitación de recursos, alterando su curso normal sin inhabilitarse pese a mantener vínculos con actores interesados.
Precedente constitucional en juego
La resolución que se conocerá este viernes trasciende el caso particular de Ángela Vivanco para establecer un precedente relevante respecto de los límites de la responsabilidad penal por decisiones adoptadas en tribunales superiores de justicia. Este pronunciamiento judicial tendrá implicancias directas sobre la interpretación de la independencia judicial y los mecanismos de control institucional en el sistema democrático chileno.
La definición procesal de este caso marca un hito en la jurisprudencia nacional sobre la responsabilidad penal de magistrados superiores y los equilibrios institucionales entre poderes del Estado.