Embargos del CAE: orden fiscal y responsabilidad contractual
La Tesorería General de la República (TGR) inició el 4 de junio un proceso de embargo dirigido a deudores del Crédito con Aval del Estado (CAE) en morosidad. A la fecha, más de 1.500 personas han sido notificadas, en el marco de un cobro que busca resguardar la garantía estatal que respalda estos créditos. La medida ha reactivado el debate sobre la responsabilidad individual frente a las obligaciones contraídas y el impacto psicosocial de las políticas de cobro.
El cobro como ejercicio legítimo del Estado
Según datos oficiales, el número de deudores del CAE supera las 550 mil personas, quienes acumulan una morosidad de 4 billones de pesos. El Año Tributario 2025 estableció como criterio de embargo a los deudores con un sueldo mensual igual o superior a $3.500.000. La TGR, en consecuencia, ha procedido conforme a la normativa vigente para hacer efectivo el cobro de una deuda cuya garantía recae sobre el fisco y, por extensión, sobre los contribuyentes.
El abogado Alexis Pavez, quien ha viralizado consultas de sus clientes sobre la heredabilidad de la deuda del CAE en caso de fallecimiento, reconoce un cambio en la modalidad de cobro.
Por el CAE siempre se han hecho demandas, pero lo que ocurría antes era que los demandaban en un juicio ejecutivo ante tribunales civiles, se notificaba la demanda y el juicio no quedaba en nada. Era el requisito que tenía el banco para poder cobrar la garantía estatal.Ahora, la TGR asume directamente la cobranza, lo que constituye un ejercicio de la potestad estatal para resguardar los recursos públicos comprometidos en la garantía.
Consultas sobre la deuda y la responsabilidad hereditaria
Pavez ha relatado que algunos deudores le han consultado sobre el destino de su deuda en caso de suicidio, específicamente si esta sería heredada por sus familias.
Esta semana fue cuando me empezaron a llegar esas dudas de personas que, con eufemismos, me decían que estaban pensando la forma de suicidarse.Agrega que, tras la difusión del video, las consultas se han vuelto más directas:
Preguntan si la deuda se hereda, si pueden transferir la casa para atentar contra su vida. Eso es algo que no promuevo. Y hay mucha ignorancia sobre el tema, porque algunos tienen miedo hasta de que los vayan a meter presos.
Desde el punto de vista jurídico, la deuda del CAE no se extingue con el fallecimiento del deudor, sino que pasa a formar parte de la herencia. Los herederos solo responden hasta el monto de los bienes recibidos, conforme al artículo 1251 del Código Civil. La desinformación sobre estos fundamentos legales ha contribuido a la angustia entre los deudores.
El impacto psicosocial y la dimensión del orden fiscal
Especialistas en salud mental han advertido sobre las consecuencias de los embargos en la población afectada. La psicóloga Camila Bejarano señala que la incertidumbre constituye un factor principal de afectación:
Si las personas no tenemos control, o anticipación de que ciertas cosas van a ocurrir para así poder planificarnos, organizarnos, o proyectarnos, esto va a causar una sintomatología. Y no solo trastornos, sino manifestaciones con respecto a la salud mental, como altos niveles de estrés, ansiedad y algunos síntomas depresivos.
Vanetza Quezada Scholz, doctora en Psicoterapia y académica de la Universidad de Chile, advierte sobre los bloqueos cognitivos que pueden experimentar los deudores:
Muchas veces, en vez de resolver, las personas se bloquean. Una persona que está preocupada todos los días por una deuda, si le llega una notificación de embargo o cobro, tiene dificultades para dormir bien, tomar decisiones, o incluso asumir las soluciones. No es simplemente que no se quiera pagar, que es el discurso que se ha ido estableciendo. Muchas veces las personas entran en un estado de bloqueo, de ansiedad y evitación.
No obstante, resulta fundamental equilibrar esta perspectiva con la realidad de que el CAE constituye un contrato bilateral donde el Estado actúa como aval, comprometiendo recursos públicos. La morosidad generalizada compromete la sostenibilidad del sistema de financiamiento educativo y la capacidad del Estado para garantizar nuevas oportunidades de crédito a futuras generaciones de estudiantes.
La comunicación del Estado y la responsabilidad informativa
La forma en que se ha comunicado el proceso de cobro ha sido objeto de reparos. El psicólogo y académico de la Universidad Andrés Bello, Nicolás Núñez, critica la ausencia de criterios de bienestar en la comunicación gubernamental:
El gobierno ha sido claro en que no le interesa esa dimensión. Hace un tiempo atrás escuchamos unas declaraciones del ministro de Hacienda comentando que él no tenía el rol de ser simpático, que su rol era hacer que el país se moviera.
El ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, ha señalado que, de verificarse embargos a deudores con remuneraciones inferiores a $3.500.000, se buscarán soluciones alternativas.
Voy a conversar con Tesorería para ver de qué modo se les puede buscar una solución distinta.Asimismo, el caso del influencer 'Pollo' Castillo, quien reportó la pérdida de aproximadamente 20 millones de pesos en una de sus cuentas producto de la cobranza, ha visibilizado el alcance transversal de la medida.
El equilibrio entre la responsabilidad fiscal y la protección social
Quezada Scholz plantea que una política de cobro no puede evaluarse solo por su eficiencia administrativa, sino que también debe considerarse su impacto en la salud mental. En similar línea, la académica sostiene que
el problema no es cobrar, el problema es cómo se está haciendo. Porque es una política que está aumentando el miedo, la vergüenza y la desesperanza, y lo que hace es poner en riesgo a las personas y también aumentar la probabilidad de no pago.
Desde una perspectiva clínica, la evidencia internacional citada por los especialistas muestra una relación consistente entre el sobreendeudamiento y cuadros de depresión, ansiedad y desesperanza. Quezada Scholz advierte que
cuando alguien llega a preguntarse si su muerte aliviaría una deuda, estamos frente a una señal de alarma.A su juicio,
las instituciones públicas sí tienen una responsabilidad, y sus mensajes no pueden aumentar la desesperanza: no pueden ser mensajes de amenaza.
Sin embargo, la responsabilidad contractual no puede eludirse en nombre de la compasión. El Estado de Derecho exige que las obligaciones contraídas sean cumplidas, y la función recaudadora del fisco es una pieza fundamental del ordenamiento jurídico y económico. El desafío reside en articular mecanismos de cobro que, sin desconocer la legitimidad de la deuda ni la necesidad de resguardar los recursos públicos, incorporen criterios de comunicación no intimidante, derivación psicosocial y alternativas de reestructuración para los deudores en situación de vulnerabilidad.
Como señala el académico Nicolás Núñez, los determinantes sociales de la salud mental no pueden ignorarse. Pero tampoco puede soslayarse que un Estado que no cobra sus deudas compromete su estabilidad macroeconómica y, en última instancia, su capacidad de garantizar los derechos de todos los ciudadanos.
La presión social, la presión económica, la sensación de alarma, generan aumento en una sociedad que ya está deteriorada en cuanto a salud mental. Es posible que esto genere un doble problema de salud mental en Chile: el hecho de no tener una oferta disponible para hacerse cargo de necesidades que, en el tiempo, se van cronificando.
El equilibrio entre la responsabilidad fiscal y la protección de la salud mental constituye, en definitiva, un desafío de política pública que requiere rigor institucional y sentido de Estado. La deuda pública no es un tema abstracto: representa recursos que el conjunto de los chilenos ha destinado para financiar la educación superior, y cuyo no retorno compromete la viabilidad del sistema para quienes vienen después.